
01 Jun Terreno urbanizable o terreno urbano: en qué se diferencian y por qué debes saberlo
Una de las grandes confusiones en las que caen muchos particulares es a la hora de diferenciar un terreno urbanizable de uno urbano. La terminología administrativa y urbanística suele ser desconocida para personas ajenas al sector y es natural confundir términos, pero las diferencias son importantes y pueden influir en el éxito de un proyecto.
No solo entre urbano y urbanizable, los errores también se dan cuando se interpreta que este último término, urbanizable, es sinónimo de edificable.
Vamos a tratar de arrojar luz sobre estas cuestiones para que aquellos propietarios que no os dedicáis al sector inmobiliario ni del suelo tengáis los conceptos claros y podáis defender mejor vuestros intereses.
Suelo urbano
Podemos decir que el suelo urbano es aquel que o bien ya tiene las dotaciones básicas (accesos para tránsito rodado, instalación de luz y agua, etc.), o bien esté ubicado dentro de una trama urbana consolidada, o bien el suelo ha sido ya desarrollado y urbanizado en base a la planificación y la normativa urbanística del municipio.
En cualquiera de estos tres casos, podemos decir que nuestro terreno es un suelo urbano. El término urbanizable, sin embargo, es un poco más complejo ya que los terrenos clasificados como urbanizables se pueden encontrar en diferentes fases:
- El Ayuntamiento ha decidido que el pueblo se va a expandir en la dirección del terreno y ha pintado una zona de otro color.
- Alguien ha presentado un proyecto conforme a los parámetros decididos por el Ayuntamiento.
- El Ayuntamiento ha aprobado el Plan de Ejecución. Según la tipología se llamará PAI, UE, PP…
- El órgano competente de la comunidad autónoma ya ha aprobado el Plan de Ejecución.
- Todos los vecinos han aceptado el reparto y las cuotas de urbanización que tienen que pagar o, en su defecto, los metros de terreno que entregarán a cambio.
- Han empezados las obras.
- Han finalizado las obras.
- El Ayuntamiento ha recepcionado las obras, lo que significa que las da por buenas.
Si nuestro suelo está en un terreno urbanizable que se encuentra en las fases 5, 6, 7 u 8, estás de enhorabuena, incluso podrán darte una fecha aproximada en la que podrás solicitar la licencia de obra.
Sin embargo, si es un terreno urbanizable que se encuentra en alguna de las fases del 1 al 4, tendrás que tener paciencia para poder considerar que tu solar es urbano.